
Beneficio Fiscal en Zona Franca
Montevideo es la única terminal en Sudamérica que opera bajo un régimen de “Puerto Libre”, según la Ley 16.246 que establece: Libre circulación de mercaderías, sin necesidad de autorizaciones o trámites formales. Y Exoneración total de tributos, impuestos y/o recargos, aplicables a la importación, exportación y tránsito.
La mercadería no sufre restricciones de tiempo de permanencia en nuestros depósitos. El almacenamiento “en tránsito” está exonerado de todo impuesto interno dirigido a empresas de origen extranjero. Si el origen de la mercadería almacenada es MERCOSUR (arancel cero), la misma mantiene su condición por encontrarse en tránsito dentro del Puerto de Montevideo.